El Pleno del Comité de Comercio Exterior (COMEX) aprobó la Resolución No. 013-2025, mediante la cual se establece la prohibición temporal de exportación de todas las especies de cangrejos, en cualquiera de sus presentaciones y bajo cualquier régimen aduanero de exportación, durante un período de seis años.
La medida se fundamenta en los informes científico-técnicos del Instituto Público de Investigación de Acuicultura y Pesca (IPIAP), los cuales evidencian signos de sobrepesca, presión creciente sobre las poblaciones de cangrejo rojo y azul, y riesgos para la sostenibilidad del ecosistema manglar. El objetivo es preservar las poblaciones naturales, garantizar la seguridad alimentaria local y proteger los ingresos de los recolectores artesanales, en concordancia con el principio de precaución y con lo previsto en el artículo XX literal (g) del GATT de 1994.
La prohibición abarca las subpartidas arancelarias 0306.14.00.00, 0306.33.00.10, 0306.33.00.20, 0306.93.00.00 y 1605.10.00.00; y, subpartidas correspondientes dentro de la estructura de las partidas del Capítulo 98.
