Creación de subpartida y prohibición de exportación – Semillas de Tagua
3 de diciembre de 2025

El Pleno del Comité de Comercio Exterior (COMEX) aprobó la Resolución No. 016-2025, mediante la cual se crea la subpartida arancelaria 1404.90.90.10 para las semillas y/o pepas de tagua (Phytelephas spp.) y se establece la prohibición de su exportación por cinco años.

La decisión se sustenta en la solicitud del Ministerio de Ambiente y Energía y que alertó sobre la creciente exportación de semillas en estado bruto, la pérdida de material genético endémico y la presión sobre una especie catalogada como “Vulnerable” en el país. La medida tiene por objeto preservar un recurso natural estratégico, fortalecer la trazabilidad del producto, y proteger la cadena productiva artesanal nacional que depende de la tagua como materia prima.

La reforma al Arancel del Ecuador mejora el control aduanero al diferenciar este producto de otros artículos vegetales, y se adopta al amparo de la Constitución, del artículo XX literal (g) del GATT de 1994, garantizando que la medida sea proporcional y no discriminatoria. La resolución entró en vigencia el 10 de diciembre de 2025.